La falta de aportación de la documentación exigida por el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades o la aportación incompleta o inexacta de la misma constituye infracción tributaria grave con importantes sanciones aplicables.
La normativa en materia de precios de transferencia obliga a los contribuyentes a valorar a mercado las operaciones que realicen con personas y entidades vinculadas.
Al objeto de justificar que las operaciones vinculadas se han valorado por su valor de mercado, los contribuyentes deben mantener a disposición de la Administración Tributaria la documentación en materia de precios de transferencia siguiendo las directrices establecidos en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
Además de la documentación exigida, los contribuyentes sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades están obligados a reportar a la Agencia Tributaria las operaciones vinculadas que hayan realizado durante el ejercicio, informando, entre otras cosas, acerca de su tipología, su valoración y el método de valoración aplicado.
Tanto los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades como los establecimientos permanentes situados en España, cuyo periodo impositivo coincida con el año natural, deberán presentar la declaración informativa sobre operaciones vinculadas (modelo 232) correspondiente al ejercicio 2017 en el periodo comprendido entre el 1 y el 30 de noviembre de 2018. ¿Estamos preparados?