La Ley del Impuesto sobre Sociedades permite que las sociedades que forman parte de un grupo mercantil puedan tributar bajo el régimen de consolidación fiscal como un sujeto pasivo único.
La sociedad matriz dominante de un grupo puede ser residente o no residente y podrán consolidar fiscalmente las sociedades españolas que estén participadas directa o indirectamente, en al menos el 75%, por la sociedad matriz dominante.
Se trata de un régimen especialmente atractivo para los grupos de sociedades que cuentan con sociedades que generan beneficios y otras que generan pérdidas, ya que permite compensar de forma automática los resultados positivos y negativos en el mismo ejercicio, consiguiendo compensar pérdidas sin tener que esperar a que la sociedad del grupo que ha generado las pérdidas obtenga resultados positivos.
Otra ventaja que ofrece la consolidación fiscal es que permite que las operaciones realizadas entre sociedades que forman parte del mismo grupo no estén sujetas a retención, ni estén sometidas a las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas.