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¿Debería ser la formación en PRL obligatoria en las empresas?

Lo es. La formación en PRL obligatoria (Prevención de Riesgos Laborales) está estipulada en el artículo 19 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

Esta es una de las actividades fundamentales que deben estar contempladas y organizadas en las estrategias y las políticas preventivas de todos los centros de trabajo del país. Entre los objetivos fundamentales que se persiguen al llevar a cabo una instrucción consciente sobre los riesgos laborales a los que se exponen los obreros en sus puestos de trabajo, está su protección.

La idea subyacente es dotarlos de las herramientas necesarias que les permitan estar preparados en caso de que acontezca alguna eventualidad o suceso inesperado. De este modo, los trabajadores deben conocer detalladamente las normas, las acciones y los procedimientos correctos para desempeñar las funciones de la plaza que ocupan de modo que se minimice la ocurrencia de accidentes en horarios de trabajo o la aparición de enfermedades profesionales.

¿Para quién es obligatoria la formación en PRL?

La misma ley establece que la formación en el ámbito preventivo es obligatoria tanto para todos los trabajadores como para las empresas. Los primeros tienen la responsabilidad de asistir a todos los cursos de capacitación que sean organizados.

En caso de presentar una negativa o ausentarse injustificadamente, la organización tiene la facultad de sancionarlos por los poderes que le han sido otorgados en el Estatuto de los Trabajadores.

De la misma manera, recibir una correcta formación en PRL es un derecho que tienen todos los trabajadores, las empresas y los autónomos que tienen bajo su dirección, al menos, a un trabajador o mantienen vínculos profesionales con algún centro de trabajo. Conviene señalar que están obligados a responder legalmente por la seguridad física y mental de sus subordinados.

Recibir una correcta formación en PRL es un derecho para quienes tienen bajo su dirección, al menos, a un trabajador o mantienen vínculos profesionales con algún centro de trabajo

De este modo, los directivos tienen la responsabilidad de capacitar o contratar a terceros para que se encarguen de instruir y formar a todos sus empleados en los tópicos relacionados con la PRL. Siempre han de tenerse en cuenta los riesgos asociados a sus puestos de trabajo, los que han sido identificados en la empresa a la que pertenecen o al centro de trabajo donde brindan servicio.

Para realizar estas actividades, se tiene que contar con los medios necesarios que permitan su correcto desarrollo. También con profesionales cualificados para que los impartan. Además, el coste, en todos los casos corre a cargo de la empresa, nunca del trabajador.

¿Cuándo se debe realizar la formación de PRL obligatoria?

Son muchas las actividades que se desarrollan para garantizar en todo momento la seguridad y la protección de los trabajadores. Las empresas tienen la obligación de planificar cursos de capacitación que permitan que todos sus trabajadores desarrollen las destrezas necesarias para protegerse y reaccionar de forma adecuada ante alguna eventualidad que suceda cuando están cumpliendo con sus funciones laborales.

Por lo tanto, la formación teórica y práctica en materia de PRL debe realizarse con cada uno de los trabajadores. En el momento de la contratación, independientemente del tiempo de duración y de la modalidad del contrato. En caso de realizarse modificaciones en las tareas que se desempeñan en los puestos de trabajo. O si se realizan cambios en la maquinaria o en los equipos que operan los trabajadores.

A su vez, también si son introducidas en los procesos de producción nuevas metodologías o tecnología punta. De esta manera, antes de comenzar a desempeñar sus funciones, los trabajadores deben recibir una capacitación previa que les permita evitar los riesgos relacionados con la plaza que van a ocupar.

¿Se realiza en horario laboral?

Según la propia ley de PRL, la empresa tiene la obligación de desarrollar su actividad formativa durante la jornada laboral de los trabajadores. Así, las horas destinadas a la capacitación de estos temas no tienen que ser recuperadas y no podrán ser exigidos niveles de productividad superiores por la disminución, durante la impartición de los cursos, de las horas destinadas a la producción.

Sin embargo, también puede darse el caso de que esta formación tenga que llevarse a cabo fuera del horario laboral de todos o de algunos de los trabajadores que tienen que recibirla. Estos casos, están justificados si los formadores, internos o externos, no están disponibles en el horario concertado por la empresa. O si no se cuenta con los medios de enseñanza necesarios que permitan una correcta capacitación o no se disponen de locales propios para esta, sino de las instalaciones ajenas.

Una adecuada formación en PRL contribuye a proteger a todas las personas que brindan sus servicios en los centros de trabajo

En cualquiera de estos casos, la empresa tiene la obligación de establecer formas de compensación para retribuirle a cada uno de sus trabajadores, las horas de descanso que tuvo que emplear fuera de su horario laboral para su formación en PRL. Así, no se ve afectado el tiempo de relajación y esparcimiento de los trabajadores.

En definitiva, desarrollar una adecuada formación en PRL es de obligatorio cumplimiento para las empresas; a su vez, los trabajadores tienen que asistir a estas. De esta forma, se contribuye a proteger a todas las personas que brindan sus servicios en los centros de trabajo.

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