La nueva Ley de Contratos del Sector Público entró en vigor oficialmente el pasado 9 de marzo. Una nueva norma que incorpora las novedades en regulación de la Unión Europea y que llega para cumplir con dos objetivos principales: lograr una mejor relación calidad-precio de los fondos públicos y conseguir por fin una mayor transparencia en los procesos de contratación pública a fin de poner freno a la corrupción que salpica nuestro país.
«La nueva Ley trata de luchar contra el fraude y la corrupción”, explicaba Patricia Palacios en una entrevista concedida a Estrategia Empresarial. La Socia Directora del Departamento de Derecho Público en País Vasco y Navarra de Garrigues, lo tiene claro: “La nueva norma se sustenta sobre la visión transparente y eficiente de la contratación pública, que viene de un pasado histórico opaco, con mala prensa, con un uso intensivo y a veces abusivo de procedimientos que deberían haber sido excepcionales… Por eso, el primer objetivo que se persigue es dotar de mayor transparencia a la contratación y luchar contra esa opacidad”.
La nueva norma se sustenta sobre la visión transparente y eficiente de la contratación pública
“Uno de los ejes principales de la nueva Ley es la transparencia y la integridad en una materia tan comprometida como la contratación pública, de ahí que la norma contemple múltiples novedades”, subrayaba también Gonzalo Barrio, especialista en Derecho Administrativo de Garrigues.
Entre esas novedades aparece la incorporación de criterios sociales y medioambientales para la adjudicación de contratos, una regulación del perfil del contratante mucho más exhaustiva, o la supresión de la posibilidad de realizar contratos sin publicidad. A continuación detallamos algunas de las principales implicaciones que tendrá la nueva norma para las empresas.
«La nueva Ley pone mayores límites a la figura del contrato menor, hasta ahora tan cuestionada, a través de la rebaja de las cuantías y de determinadas exigencias de publicidad e informes justificativos en el expediente de contratación», subraya Palacios.
En este sentido, la normativa suprime la posibilidad de adjudicar contratos sin publicidad y obliga a dar una mayor visibilidad y transparencia a los contratos menores (servicios y suministros de pequeña cuantía con procedimientos más simples y rápidos en la adjudicación). Estos, además, se reducirán a aquellos con un valor igual o inferior a 40.000 euros (cuando se trate de obras) o a 15.000 euros (cuando sea el caso de suministros o servicios). Tal y como explica Barrio, “también se incorpora la limitación de que el contratista no haya suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra indicada”.
Además, se crean nuevos procedimientos de contratación tales como el procedimiento el abierto simplificado (para contratos por obras con una cuantía igual o inferior a dos millones de euros y de hasta 100.000 euros para servicios y suministros), el de licitación con negociación o el de asociación para la innovación (con el objetivo de encontrar nuevas soluciones innovadoras).
La nueva norma, añade Palacios, «aportará muchas oportunidades a las pymes». Una reforma necesaria si tenemos en cuenta que el tejido empresarial europeo está formado por un 98% de pymes y, sin embargo, «hasta ahora solo el 40% accede a contratos públicos; y, en la mayoría de los casos, como subcontratistas y no como contratistas principales».
“Incorpora medidas de simplificación administrativa que otorgarán mayor celeridad en la resolución de expedientes de contratación”, añade Barrio, quien recuerda que con los cambios en la normativa se establecen algunas excepciones y especialidades para las empresas de nueva creación y se instaura como criterio de solvencia que las empresas justifiquen que cumplen con los plazos establecidos sobre los pagos a proveedores. A través de esta medida se pretende “contribuir a que las pymes con las que subcontrate el adjudicatario cobren sus servicios a plazo”, apunta el experto.
La nueva norma pretende contribuir a que las pymes con las que subcontrate el adjudicatario cobren sus servicios a plazo
Además, con el objetivo también de favorecer a las pymes, la ley permitirá -y obligará- a la Administración a dividir por lotes aquellos contratos que sean susceptibles de ser fraccionados, de tal manera que las pequeñas y medianas empresas también puedan optar a ellos.
Otra de las medidas más llamativas es que se crea la figura del funcionario responsable del contrato. Este empleado público de la Administración no sólo tendrá la misión de velar y vigilar detenidamente la ejecución de los trabajos. Además, será la persona responsable a la que el adjudicatario podrá dirigirse para solventar cualquier tipo de problema. El objetivo no es otro que garantizar de un mayor control en todos y cada uno de los procesos.
Para ello, además, se crea la Oficina Independiente de Regulación y Control, un organismo que también tiene la misión de controlar las contrataciones públicas. Este organismo velará por el cumplimiento de la ley durante mandatos de seis años en los que el Gobierno de turno no podrá cesar a sus integrantes.
No podrán acceder a ningún contrato público aquellas personas que hayan sido condenadas por corrupción
Tal y como se destaca en la nueva ley de contratos del sector público publicada en el BOE, se hace especial hincapié también en el tema de los impagos. Las compañías a las que se haya adjudicado un contrato público deberán cumplir con los plazos de pago establecidos con sus proveedores, que se sitúan en 60 días. Será la Administración la responsable de velar por que se cumplan dichos plazos y de imponer las consiguientes multas si estos no se llevan a cabo, tal y como dicta la norma.
Por último, tal y como señala Barrio, más allá de posibles defectos formales, esta nueva ley se erige como un instrumento de lucha contra la corrupción, “máxime cuando la incorporación del principio de integridad en el ámbito de la contratación se erige como eje rector de la nueva gobernanza de la contratación pública”.
Así, por esta razón, la normativa también va a permitir que los partidos políticos puedan controlar la adjudicación de los contratos en el Congreso ya que habrá una ponencia permanente. En esta misma línea, la nueva Ley también establece que no podrán acceder a ningún contrato público de la Administración aquellas personas que hayan sido condenadas por corrupción.