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Un año después de la entrada en del vigor SII, llegan los cambios en la normativa del IVA

Su propio nombre lo indica: el Sistema de Suministro Inmediato del IVA (más conocido como SII por sus siglas) se traduce en la gestión del Impuesto Sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la AEAT mediante suministro cuasi inmediato de los registros de facturación.

Una reforma que, aseguraban desde Agencia Tributaria, nacía con la pretensión de modernizar el IVA agilizando las devoluciones y proporcionando a los contribuyentes los datos fiscales para su declaración en un menor periodo de tiempo.

Su entrada en vigor fue el pasado 1 de julio de 2017 y todavía son muchos quiénes no acaban de entender qué es el SII. Sin embargo, apenas un año después de su nacimiento, se han aprobado cambios en la normativa. Analizamos con los expertos de Deloitte en qué se traducirán y a quiénes afectarán. 

La transformación digital del IVA

“En esencia, el SII se traduce en manejar prácticamente de manera online los libros registro de IVA mediante la Sede Electrónica de la AEAT. Es, en definitiva, un paso muy significativo en el proceso de digitalización del sistema tributario Español”, resumen Ibone Duñabeitia, Asociada Senior del departamento de IVA, aduanas e impuestos especiales de Deloitte Legal.

“Constituye una herramienta para el contribuyente a la hora de cumplir con sus obligaciones formales en materia de IVA y proporciona una mayor seguridad jurídica a la hora de declarar las operaciones, al habilitar la posibilidad de contrastar, en determinados casos, lo que un tercero ha declarado respecto del propio declarante”, continúa Duñabeitia. Dando muestra de lo que, a priori, parecen todo ventajas.

La experta señala también los beneficios que ha supuesto para la Administración, ya que “con el SII toda la información esté en un mismo sistema, lo que se traduce en que las posibilidades de automatización y robotización de los procesos de comprobación son muy elevadas”.

¿Tenemos recursos suficientes para afrontar el SII?

Obligados a adherirse todos los sujetos pasivos inscritos en el Registro de Devolución Mensual de IVA, las Grandes Empresas (que facturan más de 6.010.121,03 €) y los Grupos de IVA; el sistema nació con el objetivo de obligar a las organizaciones a revisar los principales procesos administrativos del área económico financiera, para confirmar que contaban con todos los datos necesarios y asegurar la calidad de los mismos, así como rediseñar o ajustar los sistemas de gestión de la información de las compañías. Pero no todo han sido beneficios.

“Sin duda el mayor inconveniente para las organizaciones está siendo la necesidad de dedicar gran cantidad de recursos a este proceso, tanto humanos como económicos”, advierte Pablo García Huergo, Manager S2G Deloitte Business y otro de los ponentes en la mencionada jornada.

Las novedades provienen de las consultas realizadas por los contribuyentes y de la experiencia que acumulada durante los primeros meses de vida del SII

“Este año ha implicado un gran esfuerzo para los contribuyentes no sólo por la necesidad de adaptarse técnicamente al SII sino para asegurarse de que la calidad fiscal de los datos reportados es adecuada. Además, la Administración Tributaria está empleando muchos meses en verificar el correcto cumplimiento formal de las declaraciones de IVA y el correcto tratamiento fiscal de las operaciones, así como fomentar la recaudación de las deudas tributarias”, añade Duñabeitia.

En opinión de los dos expertos en la materia, este exceso de recursos invertidos deriva precisamente de que muchos todavía no se han adaptado a la normativa. Y esta es una de las principales trabas para no disfrutar -o encontrar- las ventajas que se le presuponen: “Una vez que el proceso de reporte del SII esté estabilizado, la presentación recurrente de impuestos será más sencilla y las compañías tendrán mayor control y fiabilidad de los datos presentados”, aventuran.   

365 días después: modificaciones en el Suministro Inmediato de Información

Tal y como apuntaba el experto, aún sumergidos en el proceso de adaptación al nuevo sistema, y apenas un año después de su entrada en vigor, se ha puesto en marcha un Proyecto de Orden de Modificación del SII.

Se prevé que esté operativo el próximo 1 de julio, pero muchos aún desconocen las principales reformas que supone la modificación. Estos cambios tienen que ver más con cuestiones formales que con un cambio de filosofía”, anticipa el Manager S2G. De hecho, las principales modificaciones se traducen en pequeños cambios en la estructura del fichero así como en la inclusión de campos nuevos como valores de las tablas clave que han sido modificados o añadidos.

Modificaciones que surgen, precisamente, de las problemáticas que trajo consigo aquella puesta en marcha de la primera versión de la normativa: ”En gran medida, las novedades provienen de las consultas realizadas por los contribuyentes y de la experiencia que ambos -Administración y contribuyente- han acumulado durante los primeros meses de vida del SII”, asegura García.

El mayor inconveniente para las organizaciones está siendo la necesidad de dedicar gran cantidad de recursos a este proceso, tanto humanos como económicos

No cabe duda de que de esta nueva adaptación de la normativa surgirán nuevas consultas, sugerencias y disconformidades. Un arduo trabajo pensado en que, en un futuro no muy lejano, “el SII alcance a todos los contribuyentes, de tal manera que todo el ciclo de la emisión y recepción de facturas termine estando digitalizado y en manos, desde un inicio, de la Administración”, confían los expertos.

En este sentido no queda otra que preguntarnos: ¿Supondrá la trazabilidad de la generación de Valor Añadido el fin del fraude? Aunque todo apunta al futuro buen funcionamiento del SII, tendremos que esperar para conocer la respuesta. Y probablemente no baste con otro nuevo año de margen.

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