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Condiciones para hacer un ERTE: qué tienen que cumplir las empresas para aplicarlo

Las condiciones para hacer un ERTE dependen de si este es necesario por causas de fuerza mayor u otras razones. Los trámites pueden variar según el origen del ERTE, pero la clave fundamental es que la empresa haya sufrido pérdidas y pueda demostrarlo.

El procedimiento consiste en la reducción de la jornada del trabajador o bien en la suspensión temporal de su contrato. Según fuentes gubernamentales, enero de 2021 se cerró con nada menos que 739 000 trabajadores en ERTE.

Pero no todas las empresas pueden acogerse a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo ni se aceptan a trámite todas las solicitudes recibidas. Entonces, ¿cuáles son las condiciones que tiene que cumplir una empresa para hacer un ERTE?

Requisitos para solicitar un ERTE

Solicitar el ERTE puede suponer para una empresa mejorar su situación económica y preservar el puesto de trabajo de sus empleados. Entre los beneficios para la empresa se encuentra el ahorro considerable de los costes gracias a la reducción de la jornada o a la suspensión contractual absoluta. A su vez, el ERTE también repercute positivamente en los trabajadores, que tienen acceso a una prestación por desempleo total o parcial.

Pero para su solicitud, se tienen en cuenta las características del expediente de regulación. Así, existen dos tipos de ERTE, por fuerza mayor o por otras causas. Y estas son las condiciones para solicitarlos.

1. ERTE por fuerza mayor

Para cumplir con las condiciones necesarias para solicitar un ERTE por fuerza mayor, debe partirse de una situación excepcional. Por ejemplo, que se hayan suspendido o cancelado actividades, que la falta de suministros haga imposible el normal desarrollo de la actividad empresarial o que se cierren locales públicos de modo temporal.

También puede solicitarse a causa de las restricciones a la movilidad de las personas, de las mercancías o del transporte público. Por otro lado, este ERTE podría pedirse a causa de una situación extraordinaria o urgente. Por ejemplo, que sea necesario adoptar medidas de aislamiento como métodos de prevención en la empresa.​

Con respecto al proceso, se debe iniciar mediante una solicitud de la empresa a la Autoridad Laboral. Dicha solicitud ha de estar justificada con el motivo de fuerza mayor. Igualmente, deberán incluirse las medidas aplicadas a cada trabajador y la fecha de inicio del ERTE.

Enero de 2021 se ha cerrado, según fuentes gubernamentales, con nada menos que 739 000 trabajadores en ERTE

La solicitud tendrá que acompañarse con la acreditación de la actividad empresarial y una copia de la comunicación oficial, además de la relación nominal de cada uno de los trabajadores afectados. Se deberá enviar la solicitud a través de Internet, dirigida a la provincia que se hará cargo de ella (esta se conocerá a través del SEPE).

Una vez admitido el ERTE, para la gestión de la prestación de desempleo, se deberá enviar una solicitud colectiva de desempleo al SEPE. Hay varias formas de realizar dicha solicitud colectiva, aunque en todos los casos se debe enviar el certificado de empresa telemáticamente al SEPE en un plazo de cinco días desde la solicitud.

  • Los propios trabajadores pueden realizar la solicitud a través de la web del Servicio de Empleo de la Comunidad Autónoma que les corresponda.
  • La empresa puede presentar la solicitud en nombre de los trabajadores tras haber pedido una autorización obligatoria para el tratamiento de sus datos.
  • La empresa puede rellenar un modelo oficial de la web del SEPE con los datos de cada trabajador.

La variación de los datos se debe comunicar a la TGSS indicando el tipo de inactividad. Si se va a reducir la jornada del trabajador, se debe indicar el coeficiente de parcialidad y señalar la Clave W. Si se va a suspender el contrato, la clave específica es la V. De acuerdo con la ley, además, se debe informar a toda la plantilla, por lo que se ha de conservar el justificante de todas las comunicaciones que se realicen.

Condiciones para ERTE

2. ERTE por otras causas

Cabe la posibilidad de que la empresa se vea en la obligación de solicitar un ERTE por otras causas distintas a la fuerza mayor. Estos motivos se deben a circunstancias técnicas, organizativas o de producción. Por ejemplo, la empresa puede experimentar cambios en la demanda dentro del mercado, por lo que se vea obligada a modificar los productos o servicios que ofrece, e incluso a suspenderlo. También pueden generarse cambios en los instrumentos o medios de producción, así como en los métodos de trabajo o en los sistemas.

También es posible solicitar el ERTE porque haya habido graves perjuicios económicos para la empresa a causa de la crisis sanitaria de la COVID-19. La solicitud también se realizará, como se indicó en el apartado anterior, telemáticamente. Habrá que enviar la solicitud correspondiente al SEPE, a través de los medios electrónicos que ha habilitado, indicando las causas acreditadas justificativas, los trabajadores afectados y el certificado de empresa.

Los ERTE por fuerza mayor se podían prorrogar mientras lo hiciera el estado de alarma. Si la empresa lo quería extender más, podía crear un ERTE ETOP por causas objetivas

Nada definitivo: actualizaciones normativas del ERTE

Desde que comenzó el estado de alarma en marzo de 2020, la solicitud de ERTE por parte de empresas de todos los ámbitos en nuestro país se ha disparado. Sin embargo, son muchos los expertos que advierten de las peligrosas desventajas de establecer un ERTE, por lo que hace tiempo que se tratan de limar a través de la jurisdicción.

Sometidos a varias actualizaciones normativas, han sido muchos los cambios recientes que ha habido con respecto a los ERTE. En la época de la COVID-19, en primer lugar, se crearon nuevas categorías con una reducción en la cotización, la cual estaba relacionada con el tamaño de la empresa y su tiempo en activo.

Los ERTE por fuerza mayor se podían prorrogar mientras lo hiciera el estado de alarma. Pero, además, existía la posibilidad de crear un ERTE ETOP si se querían extender más. Con estas siglas se definen a los ERTE por causas objetivas; es decir, económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Otra actualización importante implicó la introducción de nuevos trabajadores al ERTE que no estuvieran en este inicialmente. Por otro lado, también surgió el ERTE parcial, que permite reincorporar paulatinamente a los trabajadores afectados, sin tener que hacerlo de golpe con el total de la plantilla.

En resumen, las condiciones para hacer un ERTE varían dependiendo de si el origen está en circunstancias por fuerza mayor o si se debe a causas distintas, entre las que se contemplan cambios económicos, técnicos o de producción. La solicitud, en cualquier caso, es telemática y se hace a través del SEPE.

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